Posible abuso de posición dominante: la CNMC investiga a Exolum

26/10/2026

Exolum, investigada por la CNMC

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha abierto un expediente sancionador contra Exolum Corporation, S. A., para investigar tres posibles abusos de posición dominante en el sector de la logística de hidrocarburos. El procedimiento analiza los incrementos de las tarifas de la compañía y la presunta negativa de acceso de un operador competidor a sus instalaciones en el puerto de Tarragona.

La investigación examina unas prácticas que, de confirmarse, podrían afectar a las condiciones de competencia en un sector estratégico para el transporte y almacenamiento de productos energéticos.

Las tarifas y las infraestructuras, en el centro del caso

Exolum es el principal operador de logística primaria de hidrocarburos líquidos en España. La CNMC estudia si la compañía habría aprovechado su posición para mantener elevados márgenes mediante el incremento de precios y dificultar la actividad de un competidor.

El expediente comprende tres posibles abusos de posición dominante relacionados con estas conductas. La autoridad considera que podrían ser contrarias a la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia, que prohíbe el abuso de posición dominante.

La investigación no se limita a las tarifas. También analiza la presunta negativa de acceso a instalaciones de transporte y almacenamiento de Exolum en el puerto de Tarragona, una cuestión que podría condicionar la capacidad de otros operadores para competir en el mercado.

Posibles consecuencias para competidores y consumidores

Según la CNMC, la negativa de acceso investigada podría haber reforzado la posición de Exolum en una zona costera de especial relevancia económica. El tercer operador afectado habría visto limitada su capacidad para acceder a la única red de transporte de hidrocarburos líquidos por oleoducto existente en España.

La eventual restricción podría repercutir en los mercados posteriores de la cadena de suministro, al dificultar la actividad de empresas que necesitan esas infraestructuras para competir. Asimismo, el organismo advierte de que los incrementos sucesivos de precios podrían haber afectado a los consumidores.

Estos efectos son, por el momento, hipótesis que deberán examinarse durante el procedimiento. La apertura del expediente no significa que la CNMC haya confirmado las infracciones ni que exista ya una decisión sancionadora.

Un plazo máximo de 24 meses

La Dirección de Competencia inició el expediente S/0005/26 tras conocer varios informes de la Sala de Supervisión Regulatoria y un conflicto de acceso a las redes presentado ante la propia CNMC. Además, inspeccionó la sede de Exolum como parte de las actuaciones relacionadas con el caso.

El organismo dispone de un plazo máximo de 24 meses para resolver el procedimiento. Durante ese tiempo deberá analizar los hechos y determinar si las prácticas investigadas constituyen una infracción de la legislación de competencia.

El resultado permitirá esclarecer si las actuaciones examinadas vulneraron la normativa y si procede adoptar una decisión sancionadora. Hasta entonces, la responsabilidad de Exolum no puede darse por acreditada.