Descubrimiento y revelación de secretos: recurso estimado

26/07/2026

Solo uno de los seis motivos planteados presentaba el interés casacional exigido, y ese único motivo ha bastado para que el Tribunal Supremo precise el alcance del subtipo agravado en un delito de descubrimiento y revelación de secretos.

Los límites del recurso de casación contra sentencias de apelación

El condenado recurrió ante el Tribunal Supremo, planteando seis motivos. La Sala explica, con carácter previo, que este tipo de recurso de casación contra sentencias dictadas en apelación por las Audiencias Provinciales tiene un alcance limitado: solo puede fundarse en la infracción de un precepto penal sustantivo, debe respetar escrupulosamente los hechos declarados probados, y exige la concurrencia de un genuino interés casacional.

Cinco motivos inadmitidos

Aplicando estos criterios, el Tribunal inadmite cinco de los seis motivos planteados, por diversas razones: alguno se apartaba de los hechos probados para introducir elementos fácticos no recogidos en ellos; otros invocaban preceptos con más de cinco años de vigencia sin acreditar contradicción con la doctrina jurisprudencial existente, incluida la solicitud de la atenuante de dilaciones indebidas.

El motivo estimado: el alcance del subtipo agravado del artículo 197.7

El Tribunal sí admite y estima el primer motivo del recurso, que sí presentaba interés casacional al referirse a un precepto de reciente modificación legislativa: si el último párrafo del artículo 197.7 del Código Penal resulta aplicable también a las conductas sancionadas en el artículo 197.1.

Por qué la agravación no se extiende al delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197.1

El Tribunal concluye que la agravación se refiere únicamente a los supuestos contemplados en los párrafos que le preceden dentro del propio número 7 del artículo 197, y no resulta extensible a las conductas del artículo 197.1, que sanciona el uso de artificios técnicos de grabación sin el consentimiento de la víctima.

El caso: un teléfono móvil oculto en un altavoz

Un hombre fue enjuiciado por episodios de maltrato hacia su expareja y por instalar ocultamente, en el domicilio familiar, un teléfono móvil con una aplicación de grabación remota escondido en un altavoz.

La condena inicial y su confirmación en apelación

El Juzgado de lo Penal de Zaragoza condenó al acusado por maltrato, vejaciones leves y descubrimiento y revelación de secretos, aplicando el subtipo agravado del artículo 197.7. La Audiencia Provincial de Zaragoza confirmó íntegramente la condena.

El fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso de casación y, en segunda sentencia, condena al acusado por descubrimiento y revelación de secretos sin el subtipo agravado, imponiéndole un año de prisión y multa de doce meses, con costas de oficio.