La Administración tributaria debe investigar a responsables solidarios antes de derivar deudas fiscales a subsidiarios

28/11/2025

Garantías en la derivación tributaria

El Tribunal Supremo ha establecido una doctrina sobre las obligaciones de la Administración tributaria al tramitar procedimientos de derivación de responsabilidad. La sentencia de 5 de noviembre de 2025 confirma que, cuando el propio interesado aporta indicios sólidos sobre la existencia de un posible responsable solidario, Hacienda debe investigarlos antes de imponer la responsabilidad subsidiaria. Este pronunciamiento refuerza las garantías del contribuyente y aclara el alcance de los artículos 41.5 y 43.1 de la Ley General Tributaria.

Contexto del caso analizado

El procedimiento se originó cuando la Administración declaró responsable subsidiario a un administrador por las deudas tributarias pendientes de una sociedad. El afectado alegó que una tercera persona actuaba como administradora de hecho, aportando documentación y testimonios que acreditaban que asumía la gestión diaria y disponía de las facultades necesarias para ello.

El órgano económico-administrativo competente anuló parte de la derivación, pero mantuvo la responsabilidad subsidiaria. Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia entendió que la Administración no había valorado adecuadamente la posible responsabilidad solidaria y anuló la derivación en su totalidad. La Administración recurrió entonces en casación.

Objeto del recurso y posición de la Administración

El Abogado del Estado sostuvo que la Administración no está obligada de manera absoluta a declarar previamente la responsabilidad solidaria antes de derivar la responsabilidad subsidiaria. Su argumento principal era que la existencia de indicios no obliga necesariamente a abrir un procedimiento específico si la Administración entiende que estos no son suficientes.

El recurso pretendía que el Tribunal Supremo fijara una doctrina que confirmara la discrecionalidad administrativa en esta valoración.

Doctrina fijada por el Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo rechaza el recurso y confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia. Según el Alto Tribunal, la Administración debe investigar los datos aportados por el interesado cuando estos revelan la posible existencia de un responsable solidario. Esta obligación se fundamenta en los artículos 41.5 y 176 LGT y en el artículo 61.2 del Reglamento General de Recaudación, que establecen que la responsabilidad subsidiaria solo es procedente tras constatar la imposibilidad de cobro frente al deudor principal y los responsables solidarios.

El Tribunal también destaca la naturaleza sancionadora del artículo 43.1.a) LGT, que exige mayores garantías, incluida una motivación suficiente y la prohibición de aplicar criterios automáticos.

Implicaciones para los contribuyentes

Para los contribuyentes, supone mayor seguridad jurídica, pues obliga a la Administración a analizar exhaustivamente cualquier dato que permita identificar responsables solidarios antes de extender la derivación. Asimismo, delimita con claridad cuándo procede aplicar la doctrina previamente fijada por el Tribunal Supremo en 2024, descartando su aplicación cuando existan indicios sólidos como en este caso